Con el nacimiento de nuestro bebé, empieza todo un mundo nuevo de responsabilidades, y la primera son todos los tramites necesarios para inscribir registralmente a nuestro recién nacido. Esta es una tarea que habitualmente suele realizar el padre dentro de sus 15 días de paternidad, ya que la madre suele estar convaleciente en el hospital o recuperándose en casa del parto.
Estos son los pasos a seguir:
TRÁMITES ANTES DEL PARTO
- Recoger en el Registro Civil los impresos de inscripción que tendremos que presentar en el hospital. Pueden ser recogidos por cualquier persona, semanas antes de la fecha probable del parto. Estos impresos constan de:
- Impreso amarillo, que consta de 2 partes:
- Cuestionario para la declaración de nacimientos → Lo rellenan los padres
- Parte del facultativo que asistió al nacimiento → Lo rellena el hospital
- Boletín Estadístico de Parto (impreso rojo o azul, según Comunidad Autónoma) → Lo rellenan los padres
- Preparar una carpeta con:
- Los impresos anteriores,
- DNI de los padres (original y fotocopias),
- Libro de familia (original y fotocopias)
- Impreso «Modelo 145«, (por duplicado, para la madre y el padre) → puedes descargarlo aquí
- Impreso «Modelo 140» AEAT (deduc. 100€ madre trabajadora) → puedes descargarlo aquí
- Impreso «Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento» (por duplicado, para la madre y el padre) → puedes descargarlo aquí
Notas
♦ En algunos hospitales proporcionan los impresos de inscripción y no es necesario recogerlos en el Registro Civil
GESTIONES EN EL HOSPITAL
En la administración del hospital os cumplimentarán:
♦ Parte del facultativo que asistió al nacimiento (impreso amarillo)
Cuando salgáis del hospital os darán:
♦ Informe de alta hospitalaria
ALTA EN EL REGISTRO CIVIL
Entre 24 horas y 8 días después de nacer el bebe, obligatoriamente hay que registrar al beber en la ciudad donde ha nacido o donde vivirá.
Documentos que hay que llevar:
- DNI del padre y de la madre
- Libro de familia
- Cuestionario para la declaración de nacimientos (impreso amarillo)
- Parte del facultativo que asistió al nacimiento (impreso amarillo)
- Boletín Estadístico de Parto (impreso rojo o azul, según Comunidad Autónoma)
Notas
♦ Si tenéis intención de emitir el DNI del bebé en el futuro, solicitad el:
♥ Certificado literal de nacimiento del bebé (caduca a los 6 meses)
♦ En los matrimonios solo hace falta ir uno de los padres, pero si se está en régimen de pareja de hecho hay que ir los dos miembro de la familia obligatoriamente.
♦ Si queréis invertir el orden de los apellidos (primero el de la madre, y segundo el del padre) también es obligatorio ir las dos personas.
♦ Recordad que el registrador civil puede denegar la inscripción si falta alguna firma, dato o documento.
SOLICITAR BAJA POR MATERNIDAD
Se pide en ambulatorio asignado a la madre. Puede recoger la baja cualquier otra persona.
Documentos que hay que llevar:
♦ Informe de alta hospitalaria
♦ DNI de la madre (si va otra persona a recogerla)
Notas
♦ Si el bebé nace en un hospital público, es probable que se pueda realizar el trámite allí.
PEDIR EL CERTIFICADO DE EMPRESA DEL PADRE Y DE LA MADRE
El certificado de empresa, se solicitará tanto para la madre como para el padre, si se trabaja por cuenta ajena o si es desempleado y se cobra la prestación por desempleo.
Contactaremos con el departamento de recursos humanos de la empresa para que nos lo emitan.
El departamento nos pedirá que le facilitemos:
♥ Libro de familia
♥ DNI de la madre.
♥ Baja por maternidad (informe que nos ha dado anteriormente el médico de cabecera)
Notas
♦ Dependiendo de la empresa, este certificado lo darán en el momento o pueden tardar un par de días en prepararlo. Es importante tenerlo en cuenta ya que este documento es imprescindible para solicitar las prestaciones por maternidad y paternidad en la Seguridad Social.
♦ Cuando se está cobrando la prestación por desempleo, hay que ir a una oficina del INEM para que le congelen la prestación por desempleo mientras se empiece a cobrar la prestación por maternidad o paternidad. Los documentos que hay que llevar son los mismos y os emitirán un certificado equivalente al de empresa.
ALTA EN EL CENSO DE EMPADRONAMIENTO
En la delegación del padrón municipal del ayuntamiento, presentaremos los siguientes documentos:
♥ DNI del padre o de la madre (basta con ir uno de los dos)
♥ Libro de familia
Notas
♦ Para la Seguridad Social, la Tarjeta Sanitaria y el DNI necesitáis que en el padrón os den 3 copias del:
♥ Certificado de empadronamiento del bebé (caduca a los 3 meses)
TRÁMITES EN LA SEGURIDAD SOCIAL
Se realizan tres trámites:
♣ PRESTACIÓN DE MATERNIDAD
Llevar los siguientes documentos:
- DNI de la madre
- Libro de familia
- Baja por maternidad del médico de cabecera.
- En caso de ser trabajadora asalariada, certificado de la empresa de la madre.
- En caso de ser trabajadora autónoma, últimos 3 recibos del pago de autónomos (los proporciona el banco donde está domiciliado el pago).
- Impreso «Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento» → puedes descargarlo aquí
- Impreso «Modelo 145» con los datos de la madre → puedes descargarlo aquí
♣ PRESTACIÓN DE PATERNIDAD
Llevar los siguientes documentos:
- DNI del padre
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento del bebé
- En caso de ser trabajador asalariado, certificado de la empresa del padre.
- En caso de ser trabajador autónomo, últimos 3 recibos del pago de autónomos (los proporciona el banco)
- Impreso de paternidad «Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento» (es el mismo que para maternidad) –> puedes descargarlo aquí
- Impreso «Modelo 145» con los datos del padre –> puedes descargarlo aquí
♣ AFILIACIÓN DEL BEBÉ A LA SEGURIDAD SOCIAL
Aportar la siguiente documentación:
- Libro de familia
- Tarjeta sanitaria del padre o de la madre
- Impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social (lo proporcionan allí)
TARJETA SANITARIA DEL BEBÉ Y ASIGNACIÓN DE PEDIATRA
En nuestro ambulatorio o centro de salud asignado. Llevar lo siguiente:
♥ Libro de familia
♥ Certificado de empadronamiento del bebé
♥ Impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social (obtenido en la Seg. Social)
♥ Impreso de solicitud de la tarjeta sanitaria para el bebé (lo proporcionan en el mismo ambulatorio).
Notas
♦ En algunos hospitales públicos se puede realizar esta gestión.
♦ Aprovecharemos para pedir cita con el pediatra.
INCLUIR AL BEBÉ EN UN SEGURO PRIVADO
Llamar o ir a la aseguradora y proporcionar el:
♥ Libro de familia
DEDUCCIÓN DE 100 € EN HACIENDA
Se anticipa la deducción por madre trabajadora que aplica Hacienda y que se recibe hasta que el niño cumple 3 años.
Hay que ir a una oficina de la Agencia Tributaria (AEAT) con la siguiente documentación:
♥ DNI de la madre.
♥ Libro de familia
♥ Número de afiliación a la Seguridad Social de la madre
♥ Número de la cuenta bancaria donde queremos recibir la ayuda
♥ Impreso de solicitud «Modelo 140» → puedes descargarlo aquí
OBTENER EL DNI
Si deseamos abrir una cuenta bancaria al bebe, o tenemos pensado hace algún viaje en avión con el bebé, necesitaremos tener el DNI.
Hay que dirigirse a la oficina de expedición del DNI y llevar la siguiente documentación:
♥ Certificado de empadronamiento del bebé.
♥ Certificado literal de nacimiento del bebé.
♥ Una fotografía en color tamaño carnet
Notas
♦ Es obligatoria la presencia física del bebe en el momento de ir a la oficina de expedición.
PERMISO DE LACTANCIA
Se trata de 1 hora de ausencia diaria por permiso de lactancia hasta que el niño tiene 9 meses. Las madres (o los padres) que no quieran usar este permiso tienen la posibilidad de acumular las horas en jornadas completas y disfrutarlas en el periodo que pacten con la empresa, normalmente a continuación del permiso de maternidad. Para solicitarlo, debemos contactar con el Departamento de Recursos Humanos de la empresa.
Espero que os ayude y os sirva como guía 😉
¡Gracias por ahorrar tantas preguntas a tantos papás y mamás. Muy útil!
http://lablogoteca.20minutos.es/hermanas-somos-nosotras-39334/
Felicidades por el post!! Ciertamente es una pregunta recurrente a la que pocas veces encontramos una respuesta tan bien resumida. También me gustaría añadir que existe una gestoría online http://goo.gl/5nALuI que se encarga de la gestión de todos estos trámites tras el nacimiento de un bebé :))
Gracias por la recomendación!
Me has salvado de un ataque de histeria!!!!!
Seguro que te sirve de ayuda!, parecen muchos trámites, pero teniendolos claro se hacen pronto, bss!
Yo quisiera saber que hay que acer una vez k se pasa el tiempo de inscribirlos en el registro civil
Hola Isabel, lo que se es que hay un plazo para inscribirlo desde las 24 horas de nacer hasta los 8 días después del nacimiento y en casos excepcionales y justificandolo se podrá inscribir hasta los 30 días naturales después del parto.
Según la web del ministerio de justicia pasado dicho plazo, es necesario tramitar expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo ante el Encargado del Registro Civil correspondiente. Así que yo íria al Registro Civil y seguro que te dicen como hacerlo.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483955533/Detalle.html
Dios que de cosas!! La otra vez el papi se curró todo esto yo ni me enteré,mejor xq ya tenía la cabeza bastante liada!!!
Wauuu!! Impresionante. Creo que es el artículo que mejor describe los trámites del nacimiento de un bebé. Felicidades, me ha gustado muchísimo!!
🙂